#Discapacidad, un asunto de todos


?????Los principios de la Carta de la ONU proclaman que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad y el valor inherentes de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana. Las personas con discapacidad deben tener los mismos derechos que todos los seres humanos. Así se reconoce en algunos instrumentos internacionales, cuyo objeto fue establecer medidas eficaces para lograr la igualdad y la participación plena en la sociedad; en las que se indican las responsabilidades de los estados y las metas que se deben alcanzar en relación con estas personas.

Desde que Jean Gaspard Itard a inicios del siglo XIX le prestó atención a Víctor, el niño lobo de Aveyron, como el primer intento serio y sistemático de educar niños con métodos especiales no convencionales, han sido muchos los abordajes realizados. Uno de ellos, en materia de responsabilidad social, es la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, un documento elaborado bajo la supervisión de la ONU, como instrumento jurídico de los derechos humanos, destinado a proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad. El cual fue aprobado en el año 2006, aun cuando la ONU ya habían realizado encuentros de esa magnitud, con el objetivo de establecer políticas en defensa de los derechos de las personas con discapacidad.

Esta convención, cumpliendo con lo establecido en la Declaración de los Derechos Humanos, aprobada en 1948, viene a complementar ese instrumento legal internacional, para la defensa de los Derechos Fundamentales de las personas y en este caso en particular las que tienen una condición de discapacidad. La prioridad de los estados es velar porque las necesidades educativas especiales sean tenidas en cuenta en todo debate sobre la educación en todos los niveles y así obtener el apoyo de organizaciones de docentes en los temas relacionados con el mejoramiento de la formación del profesorado en relación con las necesidades educativas especiales.

Los docentes tienen el deber estimular a la comunidad académica, para que fortalezcan la investigación, las redes de intercambio y la creación de centros regionales de información y documentación; así como actuar para difundir tales actividades y los resultados y avances concretos conseguidos en el plano nacional. Si miramos el plano internacional, en abril del año 2000 en el Foro de Mundial sobre Educación en Dakar, Senegal, se estableció que la educación para todos debe tomar en cuenta las necesidades de los pobres y los desventajados a los niños y niñas trabajadoras; a los menores que viven en áreas remotas y los nómadas, a los niños y niñas jóvenes y adultos afectados por conflictos por VIH − SIDA.

Reconociendo también que los niños y las niñas con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas, y recordando las obligaciones que a este respecto asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos del Niño.

También se invita a los centros de formación a asumir las perspectivas curriculares como proyecto formativo y así visualizar una cultura inclusiva, sus políticas y prácticas integradas en los procesos formativos y así tener en cuenta, en todas las políticas y todos los programas, la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad y sus familias.

Fuente: Entorno Inteligente

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